Oficinas Legales de Thomas K. McKnight - Abogado de Bancarrota Personal
Tipos de quiebra personal
Cuando se trata de particulares, a diferencia de las empresas, hay dos tipos comunes de quiebra: Capítulo 7 y Capítulo 13. A continuación se describe brevemente cómo funciona cada tipo:
Capítulo 7: Este tipo de quiebra básicamente liquida sus activos para pagar a sus acreedores. Algunos activos -por lo general, parte del capital de su vivienda y automóvil, objetos personales, ropa, herramientas necesarias para su trabajo, pensiones, Seguridad Social y otras prestaciones públicas- están exentos, lo que significa que puede conservarlos.
Sin embargo, sus activos no exentos restantes serán vendidos por un administrador asignado por el tribunal de quiebras y los ingresos serán distribuidos a sus prestamistas. Los activos no exentos pueden consistir en propiedades (además de su residencia principal), vehículos recreativos, barcos, un segundo automóvil o camión, objetos de colección u otros artículos de valor, cuentas bancarias y cuentas de inversión.
Al final del proceso, la mayoría de sus deudas quedarán absueltas y ya no tendrá obligación de pagarlas. Sin embargo, algunas deudas concretas, como los préstamos estudiantiles, la manutención de los hijos y los impuestos, no pueden ser condonadas.4 El Capítulo 7 suele ser elegido por las personas con menores ingresos y pocos bienes.
Capítulo 13: En este tipo de quiebra, se le permite conservar sus bienes, pero debe comprometerse a pagar sus deudas en un plazo determinado de tres a cinco años. El síndico cobra sus pagos y los distribuye entre los acreedores. Suelen optar por la quiebra del capítulo 13 las personas que desean conservar intactos sus bienes no exentos o ganar tiempo frente a ejecuciones hipotecarias o embargos de bienes.